Consulta general sobre el acceso de los y de las electas locales de la oposición a los expedientes del Pleno y de la Junta de Gobierno y al registro de entradas y salidas | GAIP
Descargar en versión PDF Dictamen 2019_07.
El 28 de noviembre de 2019 la GAIP recibe la consulta siguiente del Grupo Municipal de Junts per Vilanova (del Vallès):
Un concejal que no forma parte de la Junta de Gobierno Local, ¿puede tener acceso a los expedientes de este órgano cuando ya se ha hecho la convocatoria? ¿Tiene que solicitarlo al Alcalde?
Un concejal que no forma parte del Gobierno, ¿tiene que tener acceso a la totalidad del expediente que se lleva al Pleno? ¿O sólo del punto de aquél expediente que se lleva al Pleno, sin poder acceder a los antecedentes? O por el contrario, ¿se tiene que hacer la petición vía instancia?
Si las respuestas anteriores son afirmativas, ¿este acceso tiene que ser autónomo y puede ser telemático (entendiendo que tenemos certificado digital)?
¿Un concejal que no forma parte del Gobierno puede tener acceso al registro de entradas y salidas?
En respuesta a esta consulta general, y en ejercicio de las funciones que le han sido atribuidas por el artículo 39 y la disposición adicional 6a de la LTAIPBG y por el artículo 7.2.i de su Reglamento, aprobado por el Decreto 111/2017, de 18 de julio, la GAIP emite el siguiente Dictamen