"Reconocemos que la presentación de informes sobre las políticas de adaptación en virtud del artículo 19 representa un avance positivo. Sin embargo, su eficacia se ve mermada en la actualidad por la falta de pertinencia, calidad y comparabilidad de los datos presentados por los Estados miembros. Los datos nos han parecido insuficientes para evaluar los progresos en materia de adaptación al cambio climático en los Estados miembros. En consecuencia, la Comisión y los Estados miembros pueden perder la oportunidad de evaluar sus progresos en materia de adaptación al cambio climático y hacer frente a los riesgos y vulnerabilidades con vistas a ser más resilientes frente al cambio climático.
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El Tribunal de Cuentas de la Unión Europea, como ya hemos señalado entre otros lugares, en enlaces anteriores, ejerce funciones de Evaluación de Políticas Públicas con base a su facultad de elaborar "informes especiales" (art 287.4 pfo 2º del TFUE), aunque con una competencia menos clara que la francesa Cour des Comptes (ver igualmente el enlace citado para leer más sobre este análisis). Rescatamos ahora el informe especial 15/2024, por su claridad, aunque también se vislumbra este juicio de pertinencia en el reciente informe especial 5/2026