'La singular relevancia de la interoperabilidad en el Reglamento de Datos (Data Act)', por Julián Valero | datos.gob.es
Uno de los principales objetivos de Reglamento (UE), del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de diciembre de 2023 sobre normas armonizadas para un acceso justo a los datos y su utilización (Reglamento de Datos) consiste en promover el desarrollo de criterios de interoperabilidad en los espacios de datos, los servicios de tratamiento de datos y los contratos inteligentes. A este respecto, el Reglamento entiende la interoperabilidad como:
La capacidad de dos o más espacios de datos o redes de comunicación, sistemas, productos conectados, aplicaciones, servicios de tratamiento de datos o componentes para intercambiar y utilizar datos con el fin de desempeñar sus funciones.
Según afirma expresamente dicha norma “los datos interoperables y de alta calidad de diferentes ámbitos incrementan la competitividad y la innovación, y garantizan un crecimiento económico sostenible”, para lo cual resulta necesario que “los mismos datos pueden utilizarse y reutilizarse para diversos fines y de modo ilimitado, sin pérdida de calidad o cantidad”. Así pues, considera que resulta imprescindible “un enfoque regulador para la interoperabilidad que sea ambicioso y que inspire la innovación para superar la dependencia de un solo proveedor, que obstaculiza la competencia y el desarrollo de nuevos servicios”.