El Supremo zanja el debate: las empresas no tienen derecho de protección de datos | eldiario.es
El Tribunal tumba una decisión del TSJ de Catalunya que permitió a una residencia privada ocultar información sobre sus sanciones por este asunto.
El caso comenzó en 2018 cuando una periodista solicitó información sobre dichas sanciones impuestas a residencias públicas y privadas en los cuatro años anteriores. La Comissió de Garantia del Dret d'Accés a la Informació Pública de Catalunya declaró el derecho de la periodista a acceder a los datos, pero la Fundación Privada Residencia Bell Repós de Súria se negó a facilitarlos y llevó esta resolución a los tribunales. El TSJC dio la razón a la Fundación y ordenó que “debe excluirse su identificación, es decir su nombre, la del establecimiento de que es titular y su ubicación geográfica” en la respuesta de transparencia. Es decir, cualquier dato con el que se pueda identificar a la organización.