El Decreto Ley post estado de alarma deroga el artículo que permitía la contratación de emergencia para luchar de forma directa o indirecta contra la pandemia | Civio
Fin de la barra libre en los contratos que tengan que ver con Covid
El Decreto Ley de hoy deroga el artículo aprobado en marzo de 2020 que establecía que todos los contratos que firmasen las administraciones públicas para luchar de forma directa o indirecta contra la pandemia se podían tramitar de emergencia, incluso pagándose por adelantado y saltándose muchos de los requisitos exigibles al resto de contratos.
Durante 2020 se usó este procedimiento exprés y con apenas controles en más de 16.000 contratos. La gran mayoría se destinó a la compra de suministros como mascarillas, pero también se colaron concesiones de tele pública, piscinas, compra de pistolas táser y hasta camellos para la cabalgata de Reyes.
Eso no significa que ya no se pueda usar este procedimiento, sino que, a partir del 9 de mayo, las administraciones públicas podrán seguir haciéndolo de la forma ordinaria anterior a la crisis sanitaria, siempre que argumenten que encaja en los supuestos que lo permiten, no solo aludiendo a la norma hasta ahora en vigor, y cumpliendo todas sus reglas.
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