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Los llamativos alquileres del fútbol español: esto paga tu equipo por su estadio municipal | El Confidencial

From www.elconfidencial.com

Los convenios entre equipos de fútbol y organismos públicos son moneda corriente en el fútbol español, pero el pago del Extremadura al ayuntamiento es casi una excepción. Entre primera y segunda, 32 de los 42 equipos (76%) utilizan instalaciones públicas para sus partidos de local y solo diez pagan o han pagado por ello (Deportivo y Oviedo pagan solo un euro). Incluso tres equipos (Leganés, Cádiz y Numancia) reciben subvenciones del ayuntamiento local por utilizar las instalaciones municipales. El Confidencial accedió, a través de la Ley de Transparencia, a los convenios que 29 equipos mantienen con los organismos públicos. La información de los tres restantes fue facilitada por los clubes.

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Aragón: La ley de contratos divide y vence | El Periódico de Aragón

From www.elperiodicodearagon.com

La rescisión del contrato de construcción del hospital de Alcañiz por parte del Gobierno de Aragón, ante la evidente parálisis de las obras, ha puesto de manifiesto, por comparación, una de las ventajas que supone la actual Ley de Contratos del Sector Público, que prioriza la división en lotes, de forma que la desidia o falta de capacidad de una sola empresa no comprometa todo un proyecto. Así se puso de relieve en el citado hospital, cuando se hizo evidente que la obra no iba a acabar a tiempo y la DGA optó por rescindir el contrato. Por contra el de Teruel, dividido en lotes, avanza a buen ritmo.
Según explican fuentes jurídicas, los lotes en realidad ya estaban contemplados en la anterior ley, pero en la nueva norma aparecen como opción preferente, de manera que si no se usan y se opta por conceder una obra o servicio en bloque hay que justificar la necesidad de hacerlo así.

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'Sobre el control de la fase de ejecución de los contratos públicos: ¡evasión o responsabilidad' | Álvaro G. Molinero

From reflexionesdeuninterventor.wordpress.com

Durante los días 18 y 19 de este mes tuvo lugar en la ciudad de Sevilla una interesante jornada con el siguiente título “Especialidades de la Ley de Contratos en el ámbito local: Dificultades y soluciones”, organizada por la FEMP, Red de Entidades Locales por la Transparencia y Participación Ciudadana (RED), Diputación de Sevilla y la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP), y con el siguiente objetivo: “Conocer las principales novedades de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en particular, en materia de integridad y transparencia, desde la óptica de las peculiaridades organizativas y de funcionamiento del ámbito local”.

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'Protección de datos en la Contratación de las Administraciones Públicas', por Segundo Pérez | Melián Abogados

From mymabogados.com

Las administraciones públicas deben cumplir con la normativa sobre protección de datos. La pirámide normativa de la Protección de Datos Personales tiene en su cúspide una norma europea de aplicación directa, que es el Reglamento General de Protección de Datos (en adelante el RGDP)1 y una ley orgánica nacional que adapta dicho reglamento a nuestro ordenamiento, que es la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en adelante LOPDyGDD).

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¿Qué pasa si NO publico la información en el perfil del contratante? | Concepción Campos Acuña

From concepcioncampos.org

Nadie puede discutir que la aprobación de la LCSP de 2017 ha significado un gran avance en materia de transparencia de la actividad contractual, incluso frente a la propia normativa en materia de transparencia, Ley 19/2013. Un simple vistazo al nuevo artículo 63 LCSP, regulador del perfil del contratante, y a la redacción del artículo 8 LTBG, en el apartado a) relativo a la contratación, permite advertir un salto cualitativo de gran importancia (5 cambios que deben realizarse en el perfil del contratante).
Y es que la apuesta por la transparencia de la LCSP, declarando que ésta es su primer objetivo en su propia Exposición de Motivos, no puede quedar relegado a letra de BOE sin impacto en la gestión, de ahí que sea necesario analizar las consecuencias de la falta de publicación de la debida información en el perfil del contratante. Consecuencias que, avanzo ya, no serán las mismas en función del indicador de información al que se refiera.

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Recomendación de la JCCP del Estado a los órganos de contratación en relación con la forma de publicación de los contratos menores | Ministerio de Hacienda

From www.hacienda.gob.es

Recomendación de 21 de octubre de 2019 de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado a los órganos de contratación en relación con la forma de publicación de los contratos menores.

La Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado ha considerado oportuno adoptar una Recomendación sobre la forma de publicación de los contratos menores, lo que resulta pertinente como consecuencia de las diversas dudas interpretativas y de los problemas que se han manifestado sobre esta cuestión desde la entrada en vigor de la Ley de Contratos del Sector Público.

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Los consultores piden mayor transparencia en la contratación pública y proporcionalidad en criterios sociales | Europa Press

From www.europapress.es

La Asociación Española de Empresas de Consultoría (AEC) ha abogado por acometer mejoras en la contratación pública de proyectos de consultoría, de forma que aumenten la transparencia en los procesos e incluyan los criterios sociales, como la perspectiva de género, con "proporcionalidad".
Así se desprende el informe 'Propuestas de mejora para la contratación pública de consultoría y servicios TI', que ha elaborado la asociación que agrupa a 24 de las más grandes empresas de consultoría y tecnología de información en España.
El documento se centra en los problemas identificados en tres ámbitos de aplicación de la nueva Ley de Contratos del Sector Público (LCSP)

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'Contratación electrónica: las notificaciones a licitadores en la PLACSP ¿o no?' | Concepción Campos Acuña

From concepcioncampos.org

¿Es obligatorio realizar las notificaciones en el procedimiento de contratación en la respectiva Plataforma de contratación? ¿Puede usarse la sede electrónica? Para responder a estas preguntas examinaremos la regulación al hilo de la doctrina del Tribunal de Recursos Centrales, en particular, de la Resolución nº 256/2019, dictada en recurso nº 76/2019.

Para comenzar, debemos recordar que la Disposición adicional decimoquinta LCSP, relativa a las normas relativas a los medios de comunicación utilizables en los procedimientos regulados en la LCSP, establece una serie criterios sobre la práctica de las notificaciones en el marco de las especialidades frente al régimen común de la LPAC:
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'Hacia una estrategia nacional de la contratación pública', por Antonio Arias | Fiscalización

From fiscalizacion.es

El panel inaugural de los congresos suele apuntar alto. Unas veces elevándose para coger perspectiva y otras presentando figuras relevantes en la materia de que se trate. Unas veces haciendo balance de la situación actual y otras descendiendo a la realidad terrenal aportando herramientas o publicaciones.

El inicio del III Congreso Anual de Contratación Pública llevado a cabo este martes en el Aula Magna de la Universidad de Zaragoza ofreció una mezcla de todo lo anterior.
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Cambios introducidos por el RDL 14/2019 | Raquel Poncela

From raquelponcela.es

RDL 14/2019, de 31 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes por razones de seguridad pública en materia de administración digital, contratación del sector público y telecomunicaciones.

Análisis preliminar de los cambios que afectan a la LCSP

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'Las causas de exclusión facultativas en contratación pública', por Javier Miranzo Díaz | El Blog de Jaime Pintos

From www.jaimepintos.com

En esta entrada se aborda un tema hasta ahora no tratado en el Blog, el de las causas de exclusión facultativas, de la mano de Javier Miranzo Díaz.
Índice de Contenidos
1 Las causas de exclusión facultativas
2 Resoluciones del TJUE acerca de las causas de exclusión facultativas
3 La regulación en la LCSP
4 El quid de la cuestión

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Tolón pide a los ayuntamientos que sean «ágiles y cercanos» | La Tribuna de Toledo

From www.latribunadetoledo.es

La nueva Ley de Contratos del sector público acapara desde esta mañana una atención especial en el Palacio de Congresos ‘El Greco’, donde se ha celebrado la primera de las dos jornadas organizadas por la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) destinada al personal de los ayuntamientos y empleados responsables de la contratación en las entidades locales. Se trata de una normativa, «que nos volvió un poco locos a todos al principio», según ha explicado la alcaldesa de Toledo y vicepresidenta de la FEMP, Milagros Tolón, durante la inauguración de las jornadas, que introduce nuevos procedimientos y, sobre todo, invita «a extremar nuestro celo para poder conjugar tanto la defensa de los intereses municipales como la garantía de transparencia, equidad e iguladad de oportunidades para cuantos terceros contratan con nosotros».
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El 70 % de los partidos siguen pauta de contratación del Tribunal de Cuentas | La Vanguardia

From www.lavanguardia.com

Veintiuna de las treinta formaciones políticas fiscalizadas por el Tribunal de Cuentas en 2017, tras entrar en vigor la nueva Ley de Contratos del Sector Público, habían aprobado unas instrucciones internas de contratación (IIC), lo que indica un grado de cumplimiento del 70 por ciento.
El director técnico del Departamento de Partidos Políticos del Tribunal de Cuentas, José Antonio Monzó, ha expuesto este dato este martes en el curso que organiza el Tribunal de Cuentas en Sevilla para analizar la implementación de la nueva Ley de Contratos del Sector Público.
En lo referente a la transparencia de estas instrucciones de contratación, sólo dieciocho partidos las habían publicado en su página web y los tres restantes no habían procedido a hacerlo en el momento de la fiscalización, según un comunicado del Tribunal de Cuentas.

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Una compra pública íntegra. Las capas de conocimiento de la LCSP (2ª) | Jaime Pintos

From www.jaimepintos.com

La importancia que hoy revisten los principios generales deriva entre otras razones de la inseguridad jurídica que genera la enorme corriente modificadora de las normas y la dispersión legislativa que eso supone, de forma que muchas veces se tornan en el instrumento idóneo para resolver el caso concreto.

Índice de Contenidos

1 Desaparecen las instrucciones internas de los PANAPS
2 Regulación de los Conflictos de Interés como base de una compra pública íntegra
3 Confidencialidad
4 Gráfico: Una compra pública íntegra
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'Reflexiones sobre la contratación pública electrónica en España', por José María Gimeno Feliú | El Blog de Jaime Pintos

From www.jaimepintos.com

Una de las grandes novedades de la LCSP 2017, aunque poco destacada en la tramitación de la norma, son las obligaciones relacionadas con la implantación de la contratación pública electrónica en España que establece, con carácter obligatorio en estos momentos, para las Administraciones públicas y los poderes adjudicadores. La exposición de motivos de la nueva LCSP declara al respecto “la decidida apuesta que el nuevo texto legal realiza en favor de la contratación electrónica, estableciéndola como obligatoria en los términos señalados en él, desde su entrada en vigor, anticipándose, por tanto, a los plazos previstos a nivel comunitario”.
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Escuela de formación Continua en Gobierno Abierto – Campus GOB | Agencia Universitaria de Innovación

From fg.ull.es

La Escuela de Formación en Gobernanza e Innovación Pública nace con el objetivo abordar el conocimiento en esta materia desde un enfoque diferente . El Cabildo de Tenerife, a través de la Universidad de La Laguna y su Fundación, lanza esta novedosa escuela basada en la metodología MOOC (Massive Online Open Course). Dentro de ella se ofrecerá una batería continua de cursos en abierto en los que el alumnado podrá capacitarse, a su ritmo, en distintas materias específicas relacionadas con la Gobernanza y la Innovación Pública.
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Compliance: Principios aplicables en la contratación pública | Jaime Pintos

From www.jaimepintos.com

"Tal y como establece la Ley 9/2017, los cargos públicos y empleadas y empleados deberán respetar los principios aplicables en la contratación pública.
Los cargos públicos y empleadas y empleados deberán respetar en el ejercicio de sus funciones en el ámbito de la contratación pública los valores y principios recogidos por la Ley y consolidados por la doctrina y la jurisprudencia, adaptando su conducta o comportamiento a la naturaleza de las funciones de responsabilidad que ejercen.
Tanto el personal del poder adjudicador como las empresas y entidades licitadoras y adjudicatarias de contratos públicos de ésta deben respetar los siguientes valores éticos y principios: (...)"

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La nueva ley de contratos públicos tumba a los pequeños licitadores | elEconomista.es

From www.eleconomista.es

La ley que regula los contratatos con la Administración llegó en marzo de 2018 con promesas de mayor transparencia, simplificación de los trámites y eliminación de las trabas burocráticas y administrativas. Sin embargo, un año y medio después de su entrada en vigor, la normativa, una complejísima trama de artículos, sigue sin convencer a los expertos y su objetivo estrella, favorecer a los pequeños licitadores, está muy lejos de cumplirse.
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Caja de herramientas (Toolkit) de Integridad en la Contratación pública | Concepción Campos Acuña

From concepcioncampos.org

La inclusión en el art. 1 LCSP del principio de integridad como un principio rector de la contratación pública es una excelente noticia, pero la verdadera apuesta por la integridad exige su concreción en medidas de aplicación, para no quedarse en una mera declaración de intenciones vacía de contenido real y, en consecuencia, carente de impacto en la mejora de la contratación pública. Y, efectivamente, la LCSP nos ofrece a lo largo de su articulado una serie de herramientas que, utilizadas con destreza y habilidad, nos pueden ayudar a la construcción de un sistema de integridad institucional de contratación pública.

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'La Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación y los contratos menores en la LCSP', por Juan Carlos García Melián | Melián Abogados

From mymabogados.com

La instrucción de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación incorpora al contrato menor una serie de nuevos requisitos.
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'La obligatoriedad de las instrucciones de la OIRESCON', por Silvia Díez Sastre | Instituto de Derecho Local de la Universidad Autónoma de Madrid

From www.idluam.org

El pasado 28 de febrero se aprobó la primera instrucción dictada por la Oficina Independiente de Supervisión y Regulación de la Contratación (OIRESCON). Su contenido se dedica a una de las cuestiones más controvertidas en materia de contratación pública: la interpretación del alcance del artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP). No interesa ahora, sin embargo, analizar los criterios que ha preferido la Oficina para aplicar el precepto referido -aunque, sin duda, suscitarán numerosos comentarios e interpretaciones-. En este momento el principal interés de la instrucción reside, a mi juicio, en la determinación del alcance de su fuerza vinculante que, a su vez, marca la posición institucional de la OIRESCON en la organización administrativa de la contratación pública.

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'Las instrucciones de la oficina “independiente” de regulación y supervisión de la contratación', por Rafael Jiménez Asensio | Hay Derecho

From hayderecho.expansion.com

La regulación de los contratos menores en la Ley de contratos del sector público de 2017 (en adelante, LCSP) está siendo objeto de interpretaciones variopintas sobre el alcance de sus previsiones, con la consiguiente desorientación de los operadores y su inevitable afectación al principio de seguridad jurídica y al tráfico jurídico contractual del sector público.
Hace unos días se hizo pública la Instrucción 1/2019, de 28 de febrero de 2019, de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación. Esta Instrucción ha generado notable desconcierto, planteándose la duda (en muchos casos la certeza) de si es de obligatoria aplicación no solo a la Administración General del Estado y a su sector público institucional, sino también a las CCAA y a las entidades locales. Tema nada menor.
Mi única intención ahora es poner el foco de atención sobre el carácter o naturaleza de esa Oficina, y, a partir de esa breve reflexión, cuestionar que tal órgano adscrito a la AGE, aunque se predique del mismo una inocente independencia, pueda dictar instrucciones que se apliquen obligatoriamente a niveles de gobierno dotados de autonomía constitucionalmente garantizada como son las CCAA y los entes locales. (...)

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Compliance y Contratación. Claves del sistema de denuncias para prevenir la corrupción | Concepción Campos Acuña

From concepcioncampos.org

La LCSP ha impuesto múltiples obligaciones que han generado novedades en el modelo de contratación pública, aunque no todas ellas han adquirido la misma relevancia. En esta ocasión nos ocuparemos de la obligación de denuncia que establece el artículo 64 LCPS. Y es que la Directiva 2014/24/UE sobre contratación pública, en su considerando 16, señala que:«los poderes adjudicadores deben hacer uso de todos los medios que el Derecho nacional ponga a su disposición con el fin de evitar que los procedimientos de contratación pública se vean afectados por conflictos de intereses. Ello puede suponer hacer uso de procedimientos destinados a detectar, evitar y resolver conflictos de intereses».

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