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'Estrategia Nacional de Contratación Pública', por Charo Delgado | La parte contratante

From lapartecontratante.blog

En primer lugar, es necesario dar la bienvenida a la ENCP, a pesar de su gran retraso, porque recordemos que, según lo establecido en el artículo 334.7 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Publico – LCSP -, debiera haber estado aprobada en el plazo de nueve meses desde la publicación de dicha norma en el BOE, es decir, que llega con casi cinco años de retraso.
La ENCP sigue el esquema de objetivos establecidos en el apartado 2 del artículo 334 LCSP aunque añadiendo el objetivo H “Promover un marco normativo claro y estable con el fin de dotar de seguridad jurídica a la contratación pública”. A mi juicio, un acierto enorme incluir un objetivo que es a la vez el deseo de todos los intervinientes en los procedimientos de contratación.

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España aprueba in extremis la estrategia nacional para mejorar la contratación pública que exigía Bruselas | eldiario.es

From www.eldiario.es

España ha aprobado in extremis la Estrategia Nacional de Contratación Pública que la Comisión Europea llevaba años exigiendo al Gobierno. El Ejecutivo había prometido a Bruselas tenerla lista antes de 2023 y la responsable de aprobarla, la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación pública (OIRESCON), le ha dado su visto bueno sobre la bocina.
La OIRESCON aprobó esa estrategia el 28 de diciembre, tres días antes de que expirase el último plazo comprometido a la UE. La entidad, adscrita al Ministerio de Hacienda, acaba de colgar el documento en la plataforma de contratación del Estado, tras ser elevada al Consejo de Ministros para su envío a las Cortes.
La estrategia tiene un horizonte temporal de 4 años (2023-2026) y está dirigida a todo el sector público. El documento, de 82 páginas, tiene como primer objetivo “combatir la corrupción y las irregularidades en la aplicación de la legislación sobre contratación pública”.
Para ello, se compromete a “elaborar un mapa de riesgos que oriente las tareas de supervisión de todos los agentes involucrados y las líneas de actuación” y recomienda “medidas de refuerzo” en los mecanismos de control de los órganos de contratación en varios “aspectos sistémicos”.
El más importante es incorporar “elementos de prevención del conflicto de intereses, del fraude y de la corrupción”, que es “uno de los mayores riesgos que afectan a la contratación pública”, y “así se ha puesto de manifiesto en los estudios previos”.

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Estrategia Nacional de Contratación Pública 2023-2026 (ENCP) | OIReSCon

From contrataciondelestado.es

La Estrategia Nacional de Contratación Pública (ENCP) es un instrumento jurídico vinculante regulado en el artículo 334 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP).
La finalidad de la ENCP sería abordar los aspectos que menciona el artículo 334 de la LCSP con el fin de establecer una serie de medidas y actuaciones que permitan cumplir los objetivos que el mismo precepto menciona.

Tiene un horizonte temporal de 4 años (2023 2026). En el ámbito de las Comunidades Autónomas y de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla 1 podrá elaborarse una estrategia de contratación pública que deberá ser coherente con la estrategia nacional de contratación.

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