El Gobierno ha presentado el Anteproyecto de Ley de Información Clasificada que, si sale adelante, sustituirá a la franquista Ley sobre secretos oficiales, que lleva vigente desde 1968. El 3 de agosto se abrió el plazo de consulta pública, y ha acabado el día 12, nueve días naturales (siete hábiles) después.
Uno de los cambios que introduce es que, si el anteproyecto se convierte en ley, la información clasificada como “alto secreto” tardará en desclasificarse 50 años, prorrogables durante quince años más. Además, tendría efecto retroactivo: toda la información secreta clasificada antes de la entrada en vigor de la nueva ley pasaría a ser “alto secreto”, por lo que habría que esperar hasta 65 años para acceder a información como la relacionada con el 23-F o con los GAL. Es decir, que si la ley entrara en vigor en 2023 no se podría acceder a la información sobre estos temas, mínimo, hasta 2073 y máximo, si se prorrogara, hasta 2088.
Salvo en casos debidamente motivados o urgentes, debe existir un plazo de 15 días para que la sociedad civil pueda hacer alegaciones en las leyes que afectan a los derechos
La Ley del Gobierno de 1997 dice que cuando una norma afecte a los derechos de las personas (en este caso al derecho a la información recogido en el artículo 20.1 de la Constitución Española), se debe someter a un proceso “de 15 días hábiles” en los que el texto preliminar pueda “obtener cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades” [art. 26.6].