Baleares ya puede celebrar referendos dentro de la ley tras aprobarse la Ley de Consultas Populares y Procesos Participativos | El Mundo
El Govern y los Consells podrán celebrar referendos pero no serán vinculantes y sólo podrán votar las personas que se inscriban previamente en un censo. En ningún caso se podrá utilizar el censo electoral. Los ayuntamientos, por el contrario, podrán celebrar consultas y en este caso siempre serán vinculantes. En estas consultas municipales se deberá utilizar el censo electoral y deberán contar con la autorización del Gobierno de la nación. La Ley de Consultas Populares y Procesos Participativos fue aprobada ayer por el Parlament por 31 votos a favor, 15 en contra y 2 abstenciones. No se introdujo ninguna de las enmiendas presentadas por PP y Ciudadanos, que básicamente hacían referencia a las consultas de los municipios. Se pedía que no necesariamente tuvieran que ser vinculantes.
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