Resolución 382/2020, de 23 de julio
Número de expediente de la Reclamación: 217/2020
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Administración: Consell Comarcal del Baix Penedès
Objeto de la reclamación: Informes y facturas relacionadas con una estafa
Resumen:
El objeto y la finalidad de la protección (conducir a buen término las actuaciones judiciales que investigan los hechos que pueden ser constitutivos de delito y determinar eventuales responsabilidades) parecen bastante consistentes para proteger debidamente los intereses del CCBP y de las otras Administraciones que hayan podido ser víctimas de la misma o similar estafa. Por otro lado, la entidad reclamante señala únicamente como motivación o finalidad de la Reclamación su voluntad de conocer la magnitud de la estafa de que habría sido víctima el CCBP y el ámbito afectado; pues bien: la nota de prensa difundida por el mismo CCBP sobre este asunto indica tanto la magnitud de la estafa, como el ámbito del Consejo Comarcal afectado (antecedente 10), lo cual permite afirmar que la finalidad de la Reclamación señalada por la entidad reclamante ya habría sido satisfecha con la difusión de la nota de prensa del Consejo Comarcal, de forma que su acceso a la información solicitada tendría poca relevancia en relación con la finalidad indicada. A la vista de estas consideraciones, y en aplicación del criterio de proporcionalidad establecido legalmente, debe concluirse que es procedente aplicar el límite legal invocado y, en consecuencia, desestimar la Reclamación.